Por Nadia González Elizondo
Durante el último año hemos sido testigos de la amplia discusión sobre reducción de jornada laboral sostenida entre diversos actores políticos, líderes sindicales y empresariales, así como abogados especialistas en Derecho del Trabajo. De agosto de 2022 a la fecha, se han presentado ante el Congreso de la Unión más de doce iniciativas de reforma, principalmente de Morena, PT y Movimiento Ciudadano, pretendiendo disminuir las horas de trabajo en beneficio de las personas trabajadoras.
De acuerdo con datos de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), México es de los países que trabaja más horas al año - en promedio 2,207 horas por trabajador al cierre de 2023 - pero también uno de los que presenta mediciones más bajas de productividad. Se ha señalado que nuestra capacidad productiva está estrechamente vinculada con la falta de tiempo de los trabajadores para reponer energía. Ni se diga de la relación vida-trabajo, en donde somos el país peor clasificado en el 2022 por esa misma organización.
Si bien es cierto que, durante su campaña electoral, la hoy presidenta Claudia Sheinbaum señaló que la reforma sobre reducción de jornada no era un asunto prioritario para ella, lo es también que sí la incluyó dentro los 100 compromisos del nuevo gobierno, anunciando que durante su sexenio se alcanzaría la semana de 40 horas de manera paulatina. Desde entonces, la iniciativa de reforma para disminuir la jornada laboral ha tomado un nuevo impulso y ha vuelto a ser centro de debate.
Las iniciativas para reducir la jornada laboral buscan lograr un “tiempo de trabajo decente” cuya distribución promueva la salud y seguridad disminuyendo el ausentismo y las enfermedades ocupacionales, tales como el síndrome del trabajador quemado y el estrés; que sea conveniente para la familia y mejore la conciliación del trabajo y la vida privada; que promueva la igualdad de género, incorporando a más mujeres al empleo formal; que aumente la productividad y la competitividad de las empresas y, ofrezca a los trabajadores cierto grado de elección e influencia sobre sus horas de trabajo, previniendo así riesgos psicosociales.
Ahora bien, antes de proseguir es necesario explicar el contenido de la iniciativa en comento, la cual consiste, en términos generales, en otorgar dos días de descanso con goce de salario íntegro por cada cinco días de trabajo. Suena perfecto, pero ¿qué es entonces lo que genera tanta controversia y oposición a esta reforma?
La iniciativa, de entrada, carece de técnica legislativa porque se debiese hablar de incremento de días de descanso semanal y no propiamente de reducción de jornada. Ninguna de las iniciativas se refiere, de forma expresa, a acortar la duración de la jornada semanal de 48 a 40 horas. Bien se podría pensar que el objetivo de esta reforma es continuar con 48 horas laborables distribuidas en cinco días y otorgar a las personas trabajadoras dos días de descanso cada semana, no así limitar el número de horas de trabajo a 40 únicamente.
Existen distintas implicaciones legales que no han sido tomadas en cuenta al presentar las iniciativas, prevaleciendo la incertidumbre entre el empresariado. Por ejemplo, se ignora si la jornada de 40 horas (8 x 5) será única y general, o bien, si se mantendrán los distintos tipos de jornadas comprendidos en la Ley Federal del Trabajo vigente, como la jornada mixta, cuya duración es de siete horas y media por día, o la jornada nocturna, con duración de siete horas diarias.
Basta con hacer las matemáticas para entender que, de no abordarse dicho punto y aprobarse la iniciativa de reforma en los términos establecidos, tendríamos jornadas mixtas de 37.5 horas semanales (7.5 x 5) y jornadas nocturnas de 35 horas semanales (7 x 5).
De hecho, de conformidad con la legislación vigente, la media hora otorgada para descansar y consumir alimentos diariamente en la “jornada continua” se considera parte de la jornada de trabajo, razón por la cual se ha señalado que, al reducir la jornada, el tiempo efectivo de trabajo sería aún menor en realidad, de 37.5 horas semanales para la jornada diurna, 35 horas semanales para la jornada mixta y 32.5 horas semanales para la nocturna.
Los anteriores puntos no son los únicos a discutir. El régimen transitorio de las iniciativas de reforma discutidas el año pasado señalaba que las mismas entrarían en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, de forma inmediata, causando pánico entre el sector empleador, quien ha solicitado reiteradamente que la reducción de jornada debe llevarse a cabo de manera gradual, conforme a la recomendación emitida por la Organización Internacional del Trabajo y como lo han hecho otros países latinoamericanos recientemente, en específico, Chile y Colombia.
En las últimas semanas, sin embargo, las iniciativas presentadas por Morena y Movimiento Ciudadano, respectivamente, incluyen un régimen transitorio de implementación progresiva, ya sea de acuerdo con el sector al que pertenecen o a su actividad industrial, tamaño de la empresa (micro, pequeña, mediana o grande), o por tiempo, sugiriéndose en algunos casos programas piloto.
La reducción del tiempo de trabajo traerá como consecuencia en el corto plazo un incremento del costo laboral para las empresas, ya sea porque se verán obligadas a contratar más personal para cumplir con su producción, a pesar de la carencia de mano de obra calificada según lo dicho por el sector patronal, o bien, a pagar tiempo extraordinario, el cual puede cubrirse a valor doble o triple, e incluso laborar durante los días de descanso, los cuales se pagan a razón de salario triple. Este impacto económico significativo podría orillar a las empresas, en especial a las MIPYMES, a la informalidad o a la quiebra.
Más allá de todos estos dilemas, es importante analizar si la mera reducción de jornada mejorará las condiciones de vida de las personas trabajadoras y seremos un país más productivo. El trabajo decente implica no sólo trabajar menos horas, sino también recibir salarios dignos.
Es bien sabido que muchas personas trabajadoras en México desean laborar horas extras para incrementar sus ingresos y se ofrecen voluntariamente para ello. Ante la potencial disminución de las horas de trabajo y la prohibición de laborar tiempo extra por encima de lo permitido, so pena de incurrir en delito de explotación laboral, ya no será posible trabajar tiempo extraordinario recurrentemente.
Lo anterior podría provocar que las personas trabajadoras busquen un segundo empleo para complementar sus ingresos, cayendo en el fenómeno conocido como “moonlighting” o pluriempleo, que anularía los beneficios de laborar menos horas en cuanto a salud y descanso.
Para que sea efectiva, la reducción de la jornada debiese ir acompañada de una real desconexión, lo cual sólo se lograría prohibiendo responder llamadas telefónicas, correos electrónicos y mensajes instantáneos con posterioridad a la terminación de la jornada de trabajo, lo cual está sumamente arraigado en nuestra cultura.
Se requiere también una reforma integral que atienda tiempos de traslado y sistema de transporte público. De poco servirá laborar menos horas si las personas trabajadoras continuarán destinando más de cuatro horas para el traslado de su hogar al centro de trabajo y de vuelta.
Asimismo, no existirá tiempo de trabajo decente, al menos para las mujeres trabajadoras, de no ir acompañado de un sistema integral de cuidados que les permita acceder a guarderías, escuelas de tiempo completo y estancias para adultos mayores.
Independientemente de lo anterior, quizás lo más importante en este momento es determinar si la realidad económica del país nos permitiría implementar exitosamente la reducción de jornadas sin afectar su competitividad y sin perder su atractivo para la inversión extranjera y el nearshoring.
Sea cual sea el resultado del proceso legislativo, ojalá prevalezca el diálogo social entre empleadores y trabajadores, logrando una reforma bien hecha que satisfaga las necesidades de ambos sectores.
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